viernes, 23 de abril de 2010

QUIÉN ES Y HACIA DÓNDE VA GANA Y LA POLÍTICA EN GENERAL

GANA es un partido de DERECHA o… de extrema derecha, de la misma identidad, naturaleza y esencia del agonizante ARENA… sus miembros fundadores provienen todos de ese instituto político y si bien es cierto, hoy por hoy, GANA se está haciendo el disimulado en cuanto a sus alianzas estratégicas, por no tener un reconocimiento social ni político, tarde o temprano “volverá a sus raíces”.
Todos los miembros de GANA son de derecha y nunca han renunciado a esa filiación ideológica, se salen del partido ARENA pero no para cambiar de identidad ni de ideología… en eso han sido lo suficientemente claros, como para entender que cuando hayan ganado… si se da el caso… escaños legislativos con su bandera, van a correr a formar correlación con los legendarios partidos de la ultraderecha: ARENA, PCN y PDC… y ahora GANA.
La derecha salvadoreña, con dificultad ha aceptado la democracia representativa y de ninguna manera apoyarán medida alguna orientada a democratizar nuestra sociedad… esa carga le corresponderá siempre a la izquierda.
Entonces… en cuanto a la pregunta de hacia dónde va GANA: No va hacia ningún lugar diferente de donde ya está… solamente que hasta este momento no ha tenido ocasión “de pecar”.
Pero hay otra pregunta, quizá más importante… hacia dónde va el FMLN y hacia dónde va la derecha en general y no tanto el rumbo de GANA… es decir, hacia dónde van las tendencias y correlaciones políticas.
EN POLÍTICA SE ROMPEN LEYES NATURALES
En biología los seres vivos complejos (De muchas células) se reproducen por acto de unión entre dos sujetos diferentes; y los unicelulares, se reproducen a partir de un único progenitor, cuando éste crece, partiéndose en dos… un partido político es un organismo (Jurídico) y cuando crece, no se parte, al contrario, lo hace cuando comienza a decrecer y a perder consistencia, que es lo que ha ocurrido con el partido ARENA.
GANA es hijo de ARENA y de nadie más y ese acto reproductivo se da cuando ese padre “único” comienza a desintegrarse… dando origen a un nuevo ser, exactamente de la misma naturaleza, propiedades y características, tal y como ocurre con todos los seres unicelulares, cuyos descendientes son copia exacta, sin perder rasgo alguno, de su celular origen… tal como ocurre con las amebas o los virus.
Es posible que los partidos políticos de derecha, a pesar de tener muchos miembros, son tan elementales… que se parten cuando maduran demasiado, es decir, cuando ya han agotado su programa anti-pobres; e igualmente, el nuevo ser generado, no tiene ni más ni menos, que el original… copia exacta
Ahora bien, la palabra ARENA es compatible matemáticamente con la palabra GANA, lo que significa que, claramente, es la continuidad de ese otro ente político.
OTRAS CURIOSIDADES SOBRE LA REPRODUCCIÓN DE PARTIDOS POLÍTICOS
Los partidos de ULTRADERECHA reproducen y han reproducido siempre partidos de ultraderecha; y los de derecha, igualmente…aunque en nuestro medio jamás hubo partidos moderados de derecha y por la tendencia… eso no cambiará.
Si los fundadores de GANA vienen de un partido de ultraderecha, no van a emigrar hacia el centro solamente por cambiar de colores, bandera e iniciales…
La izquierda por su parte, genera partidos de derecha “asolapada”… como el PD de corta vida… y otros casos similares…
En síntesis, la política se viene en los mismos términos que hasta ahora han existido… donde vamos a ver a la ultraderecha chocando de frente con la izquierda materializada en el FMLN.
JUAN RAMON ARAUJO LOPEZ
ABOGADO, Colaborador de Mi Gente Informa

martes, 20 de abril de 2010

UNA VEZ MÁS SE BUSCA PROCURADOR DE DERECHOS HUMANOS

En El Salvador, como casi en todos los países de la región, los derechos humanos son irrespetados, ignorados y hasta pisoteados, por cualquiera… en primer lugar por el Estado.
Conceptualmente, solo el Estado puede violar los derechos humanos de una persona… un particular, puede cometer los crímenes más aberrantes, pero no es constitutivo de violación de los derechos humanos.
Desde aquí viene un grave error de visión; ya que el ser humano y sus perspectivas de vida deben mantenerse inalterables, ante cualquier sujeto que pueda agredirlo.
UN ERROR EN LA FORMA DE EJERCER LA FUNCIÓN DE “PROCURADOR DE DERECHOS HUMANOS”
En la práctica, los Procuradores de los Derechos Humanos, han interpretado muy mal el rol que como “Defensores del Pueblo” tienen, dentro del Ministerio Público. Y es que estos funcionarios han pensado que están en el rol de Procuradores Generales de la República.
El Ministerio Público está constituido por tres entidades: a) La Procuraduría General de la República; b) La Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos; y c) La Fiscalía General de la República.
Si bien, las funciones de estas tres entidades están íntimamente relacionadas entre sí, al grado que deben ejercerlas apoyándose mutuamente y en un alto grado de colaboración… son diferentes y ninguno de ellos puede entrar a usurpar las funciones del otro.
Es oportuno aclarar en este momento, que ha habido en dicha entidad, funcionarios muy competentes y entregados a la labor de resguardar los derechos humanos de las personas, no obstante, han persistido en dejar en abandono a aquellas personas que han sido flageladas, sea por la delincuencia común o por la delincuencia organizada…
EL DEFENSOR DEL PUEBLO
“El defensor del Pueblo (del sueco ombudsman, comisionado o representante), es una autoridad del Estado encargada de garantizar los derechos de los ciudadanos ante abusos que puedan cometer los poderes ejecutivo y, en su caso, legislativo de ese mismo Estado. Algunos autores defienden que el Justicia de Aragón es el precursor del Defensor del Pueblo, que procede de la Constitución Sueca que estableció dicha figura en 1809 para dar respuesta inmediata a los ciudadanos ante abusos de difícil solución por vía burocrática o judicial. De ahí que en diversos idiomas se haga referencia a su nombre en sueco Ombudsman. En los países hispanohablantes se denomina comúnmente Defensor del Pueblo, mientras que en los países francófonos suele llamarse Médiateur de la République y en los catalanófonos Síndic de Greuges.” (Fuente Wikipedia)

UNA NUEVA FILOSOFÍA PARA LA PROCURADURÍA PARA LA DEFENSA DE LOS DERECHOS HUMANOS
En su papel de defensor del pueblo, no debe limitarse a proteger los derechos humanos de los imputados,  para quienes hay una entidad encargada para su defensa y representación; tampoco debe permitir que éstos sean violentados durante el proceso judicial o en la ejecución de la pena…
UN PROCURADOR DE DERECHOS HUMANOS INTEGRAL
El nuevo Procurador de Derechos Humanos debe ser integral, en el sentido que debe resguardar, tanto los derechos humanos del acusado, como de las víctimas, quienes de hecho han sido violentadas… familias destruidas porque su patriarca o único sostén económico ha sido asesinado, porque la madre fue descabezada y despedazada en un solar abandonado.
Recientemente se dio la muerte de tres profesores… probable o seguramente, por no haber pagado la famosa “renta”
DERECHOS HUMANOS EXCLUSIVOS PARA LOS DELINCUENTES
Se ha generado la idea que los derechos humanos son exclusivos para los delincuentes y que el que comete actos violentos, es una especie de héroe que hay que cuidar de todo y contra todo, en un claro menosprecio a la dignidad de las víctimas.
Claro que debe respetarse el debido proceso, las garantías procesales y los derechos humanos de cada imputado; pero la función del Procurador de Derechos Humanos, va más allá de esto, ya que también intervienen la Procuraduría General de la República y la Fiscalía General de la República.
Tampoco es de olvidar que mientras una persona está siendo procesada por la “supuesta” participación en la comisión de un delito, éste debe ser considerado inocente para efectos legales y no presumir que sea un delincuente de antemano.
No obstante, los derechos humanos deben comenzar a aplicarse para todos por igual y no solo para quienes son procesados por ser “sospechosos” de haber cometido un delito.
Entonces, debe RENOVARSE por completo la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos y colocar en su dirección un Profesional con una visión renovadora y no conservadora; que cree cosas nuevas y no que de continuidad a lo bueno y regular que se ha dado… es decir, alguien que haga de la Procuraduría de Derechos Humanos, una entidad de vanguardia.
JUAN RAMÓN ARAUJO LOPEZ
ABOGADO

viernes, 9 de abril de 2010

CARTA ABIERTA AL PRESIDENTE MAURICIO FUNES

Estimado Mandatario
Estoy consciente que en su momento, casi todos los salvadoreños vimos en usted a la persona que daría materialidad a un anhelo que se había formado, en unos casos, descubierto y redescubierto en otros… lo importante es que se había venido forjando una lucha histórica que aglutinó a intelectuales, profesionales, campesinos, obreros, estudiantes, amas de casa, empleados/as… muchos perdieron la integridad de su cuerpo e incluso hasta su vida… para hacer de un sueño, algo real, vigente y palpable.
No le hablaré de otros países, por lo tanto, tampoco compararé a nuestro país con otras naciones; pero es que nuestra historia es tan importante e interesante que me siento obligado a hacer mención que dentro de nuestros “compatriotas” hay quienes han cometido actos inimaginables de barbarie contra el resto y hasta ahora a nadie le ha interesado… nadie se interesa por la individualidad e identidad de las víctimas del Mozote, de las Hojas o del Sumpul… más que por la cantidad de ellos (La masa)… cada uno de ellos era un ser humano con derechos inalienables… que fueron violentados salvajemente… esto es algo que entristece mi alma, pero claro para entender esto hay que tener una clara mentalidad pro derechos humanos… y que conste, que no estoy diciendo que usted no la tenga.
Lo que se quiere, nada más, es que se esclarezcan de una vez por todas, de forma oficial, el asunto de las autorías, en los principales actos de violación de los derechos humanos… los abusos de poder estatal y los crímenes de lesa humanidad, que indudablemente están pendientes de ser enjuiciados y castigados. ¿Quién dio las órdenes, quién sirvió de intermediario y quién las ejecutó materialmente?
Información completa, justicia y castigo… solamente entonces valdrían las disculpas institucionales… sin mencionar que son otros los que realmente deben pedir perdón.
Por otro lado, todos sabemos que usted no puede cambiar la situación del país de la noche a la mañana, pues para ello más que de un presidente, se necesitaría de la ayuda de Dios… pero si al menos usted demostrara un poquito de cercanía con las necesidades de la gente humilde y no un simple discurso, muy típico en la gente de la derecha.
El pueblo se identificó y se comprometió con su candidatura, esperando un alto grado de reciprocidad de su parte, pero… y con las disculpas del caso… de eso no se ha visto mucho… esperamos y seguimos esperando.
Pero sepa una cosa, señor Presidente… el pueblo sigue teniendo esperanza, pues cuenta con un instrumento permanente, que es el partido, que con sus defectos (Pequeños burgueses en la dirección) sigue siendo la herramienta política de un pueblo que sigue en la trinchera, pues sigue marginado, que sigue sin tener nada, que sigue acostándose con hambre por las noches y que sigue soñando… con nada de eso puede terminar nadie, ni su actitud desilusionadora, ni los intentos de la gran burguesía nacional ni las presiones del imperio transnacional.
Por eso es que la lucha sigue, señor Presidente… por hacer realidad los derechos humanos de los salvadoreños, no de la gran empresa, tampoco de un grupo de tecnócratas o burócratas y pequeños burgueses, que se sientan en sus escritorios a pensar en viajar por el mundo en primera clase y tener los vehículos último modelo…
Finalmente expresarle mi más sincera preocupación por la forma en que se están dirigiendo las cosas a nivel institucional en las diferentes carteras del Estado… de una vez por todas, el pueblo no quiere continuidad, quiere cambios reales, en la forma de pensar, de actuar, de dirigir y de administrar la cosa pública…
Atentamente, JUAN RAMÓN ARAUJO LÓPEZ

martes, 30 de marzo de 2010

DERECHA PELEA POR MANTENER CONTROL DEL DUI

Comenzaron las acusaciones, de parte de las autoridades de DOCUSAL y del RNPN, contra el FMLN por estar "dizque" politizando la emisión del DUI.
Todo se debe a que la Asamblea Legislativa aprobó una serie de reformas en las leyes que regulan la emisión del Documento de Identidad.
Desde el nacimiento de la empresa DOCUSAL, la emisión del DUI fue manipulada de mil formas por sectores políticos bien identificados con la extrema derecha.
Ahora que estará controlada por una Comisión, según las reformas recientemente aprobadas por el legislativo, la cual tomará sus decisiones por medio de voto calificado; vienen y dicen que se está politizando a favor del FMLN… simplemente porque se han dado cuenta que ya no podrán seguir entregando DUIS a toda clase de extranjeros.
RECORDANDO CAMPAÑAS ELECTORALES
La derecha pasó paulatinamente, de comprar con camisas a las personas de las zonas rurales; a cancelar en efectivo por voto en las elecciones y eventualmente, esto dejó de ser funcional… y fue cuando la derecha pasó a traer hondureños, guatemaltecos, nicaragüenses… etc… les dio DUI y los mandó a votar por ARENA. Esto ha sido debidamente establecido, documentado y probado… se han encontrado cientos de miles de extranjeros con Documento Único de Identidad.
El edil de San Miguel, en una entrevista comentó que en una ocasión… estando comprometido con la derecha, algunos representantes del partido ARENA llegaron a la alcaldía a pedirle que emitiera cierta cantidad de partidas de nacimiento, para efecto de otorgar DUIS a esa misma cantidad de extranjeros y que ellos pudieran votar por Rodrigo Avila… y el Edil comenta que encontró una solución: Retirarse del país y dejar un concejal, tal como lo dice la ley, de encargado y que fuera él quien hiciera el trámite sucio.
De esa manera la derecha había obtenido el triunfo electoral en varias ocasiones y se habían creído que siempre sería así; pero llegó el momento en que los cálculos y las ecuaciones les fallaron… o no fue así… después de todo, ahora tenemos a un FMLN y un gobierno Funes… que defienden a capa y espada los protocolos y formalismos del sistema…
No significa que hay que revelarse contra el legalismo, pero como movimiento “Revolucionario” sería necesario olvidar ciertos formalismos propios de un sistema conservador.
Es decir… se supone que se tiene un gobierno revolucionario y no uno conservador… pero la duda gira en torno al Presidente Mauricio Funes… cuál es la verdadera tendencia política de un mandatario que se siente molesto de dar explicaciones al partido que lo llevó al poder y a sus principales líderes.
Volviendo al tema del DUI…  ha sido una necesidad imperativa, democratizar la emisión de dicho documento y ahora que es una realidad… surgen los ataques para frenar el proceso.
Lo anterior es a raíz de los comentarios del representante del RNPN Juan José Guerrero que lanzó una serie de críticas contra el proceso de apertura y democratización que respecto a la emisión del Documento se está llevando a cabo.
JUAN RAMON ARAUJO LOPEZ
ABOGADO

sábado, 27 de marzo de 2010

NECESIDAD DE UNA REFORMA EDUCATIVA: EDUCACION DE CALIDAD

En El Salvador ha habido varias reformas educativas; en las dos décadas de gobierno arenero, tan solo una; tiempo en el cual se implantó el llamado “Plan 2021” que pretendía y proponía que la forma de hacer educación era tan buena a raíz de la reforma educativa de 1995, que debía seguir en marcha hasta el año dos mil veintiuno… cosa que implicaba una postura política, pues significaba implícitamente que el gobierno arenero llegaría en el poder hasta ese año (2021)
Durante el proceso se han introducido cosas muy interesantes y algunas de ellas muy buenas, por ejemplo LA ESCUELA SALUDABLE.
El programa EDUCO, es decir, aquél por virtud del cual, las comunidades administran la educación de sus hijos, básicamente en las zonas rurales del país, ha dado resultados “positivos” pero únicamente desde el punto de vista que en su momento permitió la ampliación de la cobertura educativa en las zonas rurales del país y especialmente, las más pobres.
Otras reformas educativas ocurrieron en las décadas de los veintes, cincuentas y sesentas y la reforma de 1995 no fue sino más de lo mismo.
CRÍTICA AL PROGRAMA EDUCO
Las directivas de padres se constituyen bajo el amparo de la ley; y es la misma ley la que les otorga las facultades, obligaciones, derechos y deberes; no obstante, otorgar tal responsabilidad a personas con tan poca preparación académica, termina generando una serie de degeneraciones:
1 Que las directivas sean objeto de manipulación por parte de directores abusivos y mal intencionados, los cuales hacen del centro escolar su hacienda personal, donde por rencillas personales despiden a docentes; una técnica muy sencilla es ocultar el libro de asistencia para que los docentes no puedan demostrar que se han presentado a trabajar;
2 Que las comunidades, sin ninguna preparación pedagógica intervengan en la adaptación y aplicación del programa de estudio y esto genera serios obstáculos en el proceso.
UNA EDUCACIÓN DE FORMALISMOS
Según las nuevas orientaciones educativas, dejadas activas por las autoridades del anterior régimen, el trabajo docente implica llenar una enorme cantidad de formularios, en los que se refleja, criterio a criterio, detalles de notas, que en el proceso de evaluación de los aprendizajes se han producido. Se trata de un trabajo arduo… claro para ello se realizan las llamadas “Pausas pedagógicas”, sin embargo, el trabajo propiamente se va desarrollando en el proceso, ya que es imposible, inviable y poco práctico hacerse en un solo día, incluso para docentes ya experimentados.
El punto es que, se le exige al docente meterse en un trabajo administrativo excesivo, que tiende a eliminar la vida social del empleado y a quitarle valioso tiempo que podría invertir en el trato directo con el alumno.
No debemos olvidar que el docente es un empleado, no se le aplica el código de trabajo, pero eso no implica que pierda los derechos laborales que los tratados internacionales en materia laboral existen vigentes en nuestro país.
El resultado de lo anterior es que los alumnos aprenden menos, pero en los documentos oficiales, se hace constar lo contrario y entonces el sistema está satisfecho.
Probablemente esto se debe a que quienes diseñaron este sistema (Conservadores, derechistas y oligarcas) pretendían que la educación fuera un elemento más de adormecimiento de las masas, con apariencia de otra cosa.
EL CONTENIDO EDUCATIVO
Según los programas, el docente debe desarrollar cada tema, orientando C0NCEPTO, PROCEDIMIENTO y ACTITUD (Del alumno), es decir, conceptual, procedimental y actitudinal.
Todo está orientado a aumentar la carga de trabajo del docente, para que éste no pueda tener vida particular, privada y social; evitando así la sindicalización del magisterio; y de paso, al menguar el rendimiento del profesor, disminuir las probabilidades de desarrollar una educación de calidad.
Y mientras tanto, los aumentos salariales de los profesores (as) van dándose de migaja en migaja, sin tomar en cuenta, por ningún motivo, las condiciones de vida (Inflacionarias) es decir, el costo de la vida.
Todo esto complica el trabajo del docente; pero peor aún, significa una innecesaria saturación de información al estudiante, que en el trabajo, le provoca agotamiento mental y provoca que sientan apatía por el estudio, reduciendo la cantidad de estudiantes que aprovechan el proceso para formarse bien.
En síntesis, el sistema como está diseñado lo que hace es deformar a las futuras generaciones.
JUAN RAMON ARAUJO LOPEZ
ABOGADO Y PEDAGOGO

domingo, 21 de marzo de 2010

EL MENOR Y SU PRIVACIDAD ¿PARA DELINQUIR?

A los menores, a quienes se les atribuyere o declarare ser autores o partícipes de la comisión de una infracción penal, se les aplica la LEY PENAL JUVENIL, porque nuestro legislador ha considerado que al no haber cumplido 18 años una persona no tiene plena capacidad mental para responder judicialmente por sus actos; y esa ley, básicamente está orientada a establecer los “derechos” del menor y las medidas a aplicarle en un momento específico.
Dicha ley distingue entre menores cuyas edades andan en DOCE años y DIECISÉIS años; y otro grupo de menores que andan en los DIECISÉIS años que no han cumplido DIECIOCHO años; a los primeros se les aplica protección especial.
De 12 a 16 se les aplica la Ley Penal Juvenil, pero también, la debida protección de las entidades correspondientes;
De 16 a 17 y antes de cumplir los 18, se les aplica la Ley Penal Juvenil y las medidas de internamiento que establece esa ley.
Un punto crítico, respecto a esta ley es el siguiente:
El menor sujeto a esta ley tiene derecho “A que su intimidad personal sea respetada; consecuentemente, no deberá ser objeto de publicación ningún dato que directa o indirectamente posibilite su identidad…”
Y es un punto crítico por el hecho que recientemente se registro un acto de violencia entre dos menores, donde uno le quitó la vida a otro a puñaladas en plena calle y a la luz del día; y donde un periodista captó las imágenes del hecho y las publicó.
Hay que hacerse una pregunta ¿En qué momento se entiende que un menor está sujeto de la Ley Penal Juvenil? A) Cuando comete una “infracción penal”; o B) Cuando se le atribuye dicho cometimiento procesalmente.
Y resulta que en el momento de estar cometiendo un hecho que constituye “infracción penal”, el menor no está sujeto a los procedimientos legales y por lo tanto, tampoco a la protección de la Ley Penal Juvenil (Art. 1 relacionado con el Art. 5 de la Ley Penal Juvenil)
La presente Ley tiene por objeto:
a) Regular los derechos del menor a quien se le atribuyere o declarare ser autor o partícipe de la comisión de una infracción penal;
b) Establecer los principios rectores que orienten la aplicación e interpretación de la misma y de los desarrollos normativos e institucionales que se creen para darle cumplimiento;
c) Determinar las medidas que deben aplicarse al menor que cometiere una infracción penal; y
d) Establecer los procedimientos que garanticen los derechos del menor sujeto a esta Ley.
Vamos a entender que se le “atribuye” la comisión, cuando se ha iniciado un procedimiento legal por ello; y que se ha declarado ser autor o participe, cuando un Juez lo declare así, luego de respetar los derechos procesales, las garantías debidas y de valorar las pruebas correspondientes; mientras eso no ocurre, el menor no está sujeto a la protección que la Ley Penal Juvenil otorga a los menores.
Por lo tanto es totalmente infundado decir que el periodista que captó las imágenes del menor en el momento en que éste asesinaba al otro menor, violentó el derecho a privacidad de la imagen del menor que le otorga la Ley Penal Juvenil, porque, éste menor, en ese momento, no estaba siendo “sujeto procesal” de esa ley.
Por otro lado, decir que un menor tiene derecho a intimidad, al momento de realizar un acto violento (Como un homicidio), sería antijurídico, porque se estaría permitiendo que cualquier “menor” violente libremente el derecho de otra persona, que bien podría ser otro menor… a quien también se le estaría ignorando sus derechos más elementales, solamente por tratarse de un menor quien lo está asesinando… es decir, que tendrían derecho a que los ocultemos cuando estén cometiendo barbaridades.
Ahora bien, cuando un menor entra en el sistema “judicial”, bajo los procedimientos especiales por su condición, entra a recibir la protección, el cuidado y el tratamiento para que éste no vuelva a cometer la misma clase de hechos; entonces y solamente entonces, adquiere los derechos que establece la Ley Penal Juvenil.
En conclusión, legalmente, el periodista que publicó las imágenes de un menor asesinando a otro, podrá haber cometido una exhibición mediática… y hasta morbosa, pero no violenta los derechos que la Ley Penal Juvenil establece en provecho de los menores, porque ese menor aún no estaba siendo objeto de esa ley.
Lo anterior no es una mera INTERPRETACIÓN de la ley… es lo que textualmente se establece y que se quiere aplicar fuera del ámbito que la ley ha dispuesto para su aplicación.
Tampoco podemos ser alcahuetes con los menores y permitir que éstos por su condición, estén habilitados legalmente para delinquir; porque de eso se han válido muchas personas inescrupulosas para sacar a sus hijos menores de edad a hacer el trabajo sucio… a matar, a robar, a extorsionar… etc.
Tenemos que ser respetuosos del marco legal y observar los derechos de las personas, especialmente de los menores, pero también… ser duros con los que cometen actos violentos contra cualquier persona, independientemente de su edad, sexo, raza, ideología o condición social.
La Ley garantiza privacidad al menor, para ser readaptado y protegido… pero no para que delinca con toda libertad y bajo la permisibilidad del sistema y con pleno derecho de hacerlo.
La protección no es para delinquir, sino para ser procesado; por ello la ley, le otorga todos los derechos, cuando es sujeto de procedimiento especial…
JUAN RAMON ARAUJO LOPEZ
ABOGADO Y PEDAGOGO

sábado, 20 de marzo de 2010

LOS MENORES “DELINCUENTES” Y EL AUMENTO DE PENAS

CÓDIGO PENAL PARA MENORES "DELINCUENCIALMENTE MADUROS"
Vigotsky, en su teoría del desarrollo próximo expone, que el desarrollo de los humanos únicamente puede ser explicado en términos de interacción social, El desarrollo consiste en la interiorización de instrumentos culturales (como el lenguaje) que inicialmente no nos pertenecen, sino que pertenecen al grupo humano en el cual nacemos. Estos humanos nos transmiten estos productos culturales a través de la interacción social. El "Otro", pues, toma un papel preponderante en la teoría de Vygotsky.
“En general, se considera que las etapas del desarrollo humano son las siguientes: Pre-natal; Infancia; Niñez; Adolescencia; Juventud; Adultez; Ancianidad.” (El comportamiento en las etapas del desarrollo humano)
La legislación civil distingue entre varias etapas del desarrollo humano y además, hace una separación material en razón de la velocidad de maduración entre los géneros (Femenino y masculino); según el Art. 26 del Código Civil, se llama infante todo el que no ha cumplido SIETE años; Impúber, el varón que no ha cumplido 14 años y la mujer que no ha cumplido 12 años; menor adulto el que ha dejado de ser impúber, mayor de edad o simplemente mayor, el que ha cumplido 18 años….”
Erikson, por su parte, establece ciertas etapas “críticas” en el desarrollo humano: a) Etapa de lactancia; b) Etapa muscular o  segunda  infancia (Según Erikson, se adquiere el sentido de autonomía, de 2 a 4 años); c) Etapa preescolar o edad del juego; d) Etapa escolar; e) Adolescencia; f) Etapa del adulto joven; g) Etapa madura o adultez media…
Lo importante es que “Estas etapas no deben tomarse en forma absoluta, hay variedad individual y cultural…” Según Erick Erickson.
En un ambiente cultural tan heterogéneo, como el caso salvadoreño, existe mucha diversidad en cuanto al desarrollo intelectual y fisiológico de los jóvenes; sin embargo la legislación no considera casos particulares, sino que lanza una regla estándar para todos por igual… de hecho en la reciente y vetada propuesta de aumentar las penas para los menores “delincuentes”, hecha por los diputados, tampoco se considera el grado de madurez individual de cada sujeto a quien se le aplicará la ley.
Es decir… existen adolescentes (menores adultos según la ley civil) que teniendo 17 años, poseen un alto grado de comprensión de lo que hacen y piensan y aún así cometen crímenes salvajes… según la ley, éste personaje es menor de edad, por no haber tramitado su Documento Único de Identidad (DUI) o bien por no haber cumplido los 18 años de edad.
Existen personas que habiendo cumplido 18 años se encuentran en un alto grado de inmadurez e incomprensión de sus actos, pero la legislación, por tener edad legal, les aplica la ley de adultos (Código Penal)
Incluso, hay casos de personas que teniendo, entre 15 y 17 años, poseen una lucidez mental, que difícilmente tendría un “adulto” de 25/30 años.
Sobre todo porque el grado de madurez depende directamente por el entorno en el que el sujeto se desarrolla (Vigotsky, teoría del desarrollo próximo)
Un sujeto que se desarrolla en un ambiente total de desprecio por las personas, por la vida y que desde una edad temprana le están preparando para el crimen… claro ese sujeto es otra víctima, pero eso no le convierte automáticamente en alguien que no razona… esa persona puede entender perfectamente lo que hace y porqué lo hace y siendo así, ser capaz de responder ante la ley como si de un adulto de tratara.
No se trata entonces de aumentar, generalizadamente, las penas a aplicar; sino de identificar el modus operandi, la agresividad y el nivel de salvajismo con que actúa un “menor” para determinar si es mentalmente capaz de responder como un adulto y aplicarle la ley penal, es decir, el Código Penal que se aplicaría a cualquier adulto y no la ley penal juvenil.
Hay que imaginar el caso de un “menor” que teniendo 17 años y a solo un mes de cumplir los 18 (Mayoría de edad) comete un homicidio, quitando la vida a machetazos y mutilando salvajemente a un menor de 12 años… o a un anciano de 85 años… o a una mujer embarazada… según la legislación vigente, hay que dar protección a ese menor, y aplicarle la ley penal juvenil, porque efectivamente no ha cumplido los 18 años para responder como un adulto… que en realidad, psicológica y fisiológicamente lo es.
PROPUESTA CONCRETA:
No aumentar las penas para los menores delincuentes, sino que distinguir entre cada caso específico, para proceder, independientemente de la edad cronológica del sujeto, a aplicar la ley penal juvenil… o el código penal regular.
En Estados Unidos ha habido casos en que a menores de edad (Cronológicamente) se les aplica la pena máxima o cadena perpetua, como si de un adulto se tratara, tomando el cuenta el nivel de agresividad y salvajismo de sus crímenes.
Hay que imitar lo bueno de cualquier país, independientemente del que sea...
JUAN RAMON ARAUJO LOPEZ
ABOGADO Y PEDAGOGO